EN 2014

Los negocios puntocom, objetivo prioritario para Hacienda

La Agencia Tributaria potenciará este año el control y la  inspección de lo que denomina 'economía digital', que engloba a todas  aquellos negocios asociados a actividades realizadas exclusivamente a  través de Internet, y fijará patrones de riesgo fiscal en estas  actividades, según el Plan de Control Tributario 2014 publicado este  lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Cibersur.com | 31/03/2014 16:04
En concreto, Hacienda priorizará la captación y explotación de la  información disponible en Internet que permita descubrir actividades  ocultas, así como actuaciones de control sobre las personas físicas o  entidades titulares de páginas web receptoras de publicidad para  asegurar la adecuada tributación de estos ingresos y llevará a cabo  operaciones de inspección sobre aquellos fabricantes o prestadores de  servicios que comercialicen sus bienes o servicios por Internet.

Según Hacienda, el uso de la tecnología ha cambiado la forma de  relación entre comprador y vendedor y, por tanto, ha de cambiar  también la actuación de control de la Administración Tributaria, que  tiene que hacer frente a "nuevas formas de fraude", dado que la  deslocalización permitida por la red posibilita la existencia de  actividades totalmente sumergidas junto con otras que, bajo  apariencia extrajera, son en realidad empresas españolas que usan  internet para eludir sus obligaciones fiscales.

Como el año pasado, la "planificación fiscal agresiva",  especialmente de empresas multinacionales, también será objeto de  especial atención por parte de los órganos de control de la Agencia  Tributaria, por lo que se mantendrá el foco en aquellos  contribuyentes con residencia fiscal en España que se sirven de  entidades o estructuras híbridas para eludir el pago de impuestos.

En la misma línea, Hacienda perseguirá aquellas actuaciones  dirigidas al doble aprovechamiento de pérdidas o gastos, la  generación de pérdidas mediante transmisiones de valores intragrupo,  el desvío de rentas de actividades económicas mediante la  interposición de entidades sin ánimo de lucro, así como las  operaciones de reorganización empresarial y el control de la  deducibilidad de los gastos financieros y la compensación indebida de  bases imponibles negativas. 


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