CASO GOOGLE VS ESPAÑA

La justicia europea respalda el "derecho al olvido" defendido por España ante Google

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) se pronunciará este martes sobre el alcance del derecho al olvido en Internet en un caso que enfrenta a España, y en concreto a la Agencia de Protección de Datos, con el gigante informático estadounidense Google.

Cibersur.com | 13/05/2014 16:33
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldó hoy el "derecho al olvido" defendido por España al señalar que los motores de búsqueda como Google deben retirar los enlaces a informaciones publicadas en el pasado si se comprueba que perjudican a un ciudadano y no son ya pertinentes.

"Si, a raíz de la solicitud de la persona afectada se comprueba que la inclusión de esos enlaces en la lista es incompatible actualmente con la Directiva (de protección de datos personales), la información y los enlaces que figuran en la lista deben eliminarse", afirmó la Corte con sede en Luxemburgo en un comunicado.

El litigio se remontaba al año 2010, cuando la Agencia Española de Protección de Datos exigió a Google que eliminase en los resultados de sus búsquedas los vínculos al anuncio publicado en un periódico de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social.

La Agencia actuó a petición del ciudadano mencionado en ese anuncio, que alegaba que el embargo al que se vio sometido en su día está totalmente solucionado y resuelto desde hace años y carece de relevancia en la actualidad, por lo que no quería que apareciera cuando se buscara su nombre en Google.

Google recurrió la decisión, y otros casos similares, ante la Audiencia Nacional, alegando que corresponde a la fuente original de la información corregirla si es incorrecta y que obligarle a suprimirla del resultado de sus búsquedas constituye un atentando contra la libertad de expresión. La Audiencia Nacional remitió el caso al Tribunal de Justicia.

En su dictamen sobre este caso de junio de 2013, el abogado general del TJUE, Niilo Jääskinen, dio la razón a Google frente a España al concluir que los servicios de motor de búsqueda en Internet no son responsables de los datos personales incluidos en las páginas web que tratan.

Las conclusiones del abogado general, que el Tribunal suele seguir en el 80% de los casos, señalan además que la directiva de la UE sobre protección de datos no establece ningún "derecho al olvido" generalizado, como el que invocó el ciudadano español afectado por este caso para que se borraran sus datos en Internet.


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